Las personas embarazadas pueden experimentar una variedad de carencias y obstáculos para los cuidados de salud cuando se busca acceso al aborto.

La información destinada al público en general no siempre es inclusiva o aplicable a nuestra vida real.

Las personas de diferentes identidades y las que viven realidades particulares pueden enfrentarse a obstáculos específicos y, a menudo, peligrosos a la hora de buscar cuidado del aborto.

Afirmamos que toda persona merece tener espacio para tomar sus propias decisiones sobre su cuerpo y su vida, Y sabemos que eso no siempre es la realidad.

A continuación, ofrecemos información más detallada sobre el acceso al aborto que puede ser útil para:

PERSONAS QUE ESTÁN ENCARCELADAS

Para las personas encarceladas, el acceso al aborto y a otros servicios relacionados al aborto suele ser complicado. Aunque el acceso a la atención médica está constitucionalmente protegido para las personas encarceladas, puede ser realmente difícil, o incluso imposible, tener acceso a cuidado del aborto.

Instalaciones estatales y del condado

En la práctica, se supone que el sistema penitenciario estatal de Nuevo México y que, en ocasiones, las cárceles de los condados deben de hacer una prueba de embarazo durante el proceso de ingreso e informar a la persona de su estado de embarazo. Al igual que otros servicios de salud que se les deben de ofrecer a las personas encarceladas, el hecho de que una persona reciba los servicios de salud necesarios depende mayormente del lugar en el que esté encarcelada.

Si una persona encarcelada está embarazada, debe poder solicitar una cita para hablar de su embarazo y de las opciones de embarazo con una clínica o proveedor. Si una persona embarazada decide abortar, debe ser llevada a una clínica o proveedor de salud externo. Si la persona encarcelada está detenida en una cárcel del condado o en una prisión estatal, esta atención no debe tener ningún costo para la paciente.

Instituciones Federales

Para las personas que están encarceladas en un centro federal (prisión federal o detención del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas [ICE] de EE.UU.), la Enmienda Hyde prohíbe el uso de fondos federales para pagar el aborto y los servicios relacionados con el aborto. En teoría, hay excepciones si el embarazo es consecuencia de violación, incesto o si la vida de la persona embarazada corre peligro, pero probablemente los trámites legales para demostrar estas circunstancias serán un obstáculo para conseguir un aborto a tiempo.

Si pagar por el aborto es un obstáculo, tú o alguien de confianza puede ponerse en contacto con un proveedor de abortos local o con una agencia con fondos destinados para el aborto para averiguar si calificas para ayuda económica.

Todas las instituciones

Si a alguien se le niega una cita para hablar con un proveedor sobre sus opciones de embarazo o el acceso a un aborto, puede ser útil para la persona, o para sus contactos de confianza, buscar representación legal. Un representante legal o abogado puede facilitar el proceso para recibir un permiso médico. Si tu abogado tiene dificultades para conseguir la atención que necesitas, puede haber apoyo de organizaciones como ACLU de Nuevo México para ayudar a explorar otras opciones legales. Una persona encarcelada y sus contactos de confianza también pueden considerar conectarse con grupos que abogan por la justicia reproductiva, como Bold Futures, que potencialmente podrían llamar la atención a la urgente necesidad de un aborto en el caso de esta persona. Es importante tener en cuenta que estas acciones probablemente pondrán en riesgo la privacidad de la persona embarazada en el sistema penitenciario y comunidades más amplias.

Violación sexual y las personas que están encarceladas

Los centros de detención federales, estatales y locales en Nuevo México están obligados a prevenir la violencia sexual en las instalaciones, pero muchas personas encarceladas aún enfrentan violación sexual. Cada prisión cuenta con un supervisor o supervisora que se encarga del cumplimiento de la Ley para la Eliminación de Violaciones en Prisión (PREA). Esta persona es responsable de investigar las denuncias de acoso o asalto sexual, así sea que el presunto responsable es una persona encarcelada o miembro del personal de la institución. Se requiere que el supervisor o supervisora conecte, en forma confidencial, a la persona encarcelada que sufre violencia sexual con un defensor PREA en un centro de crisis por violación cercano.

En el 2020, se presentaron 163 denuncias en todo el estado. Al fin de año, un tercio de esos casos todavía estaban bajo investigación, y sólo 10 denuncias fueron consideradas creíbles por el investigador del Departamento de Correcciones de Nuevo México. Que te digan que tu denuncia es “infundada” no significa que no te hayan violado o acosado. Simplemente significa que el centro penitenciario no pudo o no se esforzó lo suficiente por obtener pruebas que apoyaran tu denuncia.

Una persona que está encarcelada y que cree que su reclamo está siendo minimizado o descartado puede pedirle a un contacto de confianza que se comunique con un defensor de PREA en el centro de crisis por violación más cercano a la prisión para obtener ayuda. Si una persona encarcelada es violada y la violación resulta en un embarazo, la persona encarcelada todavía tiene el derecho legal a un aborto. Si se le niega el acceso a un aborto, debe ponerse en contacto con un abogado privado inmediatamente, aunque no tenga dinero. En algunos casos, si un juez ordena a la agencia que tiene la custodia de una persona encarcelada que le proporcione un aborto, el juez también puede ordenar a la agencia que pague los honorarios legales de la persona encarcelada. Si la persona embarazada ha sufrido más daños por la inacción de la agencia, puede tener derecho a una indemnización.

LOS ESFUERZOS DE TENER UN ABORTO MIENTRAS UNA PERSONA ESTÁ ENCARCELADA PUEDEN PONER EN PELIGRO LA PRIVACIDAD Y EL BIENESTAR DE LA PERSONA EMBARAZADA DENTRO DEL SISTEMA PENITENCIARIO Y EN COMUNIDADES MÁS AMPLIAS. TAMBIÉN PUEDE HABER UN DAÑO SIGNIFICATIVO SI UNA PERSONA EMBARAZADA NO OBTIENE EL ABORTO QUE DESEA O NECESITA. CONFIAMOS EN QUE CADA PERSONA TOMARÁ SUS PROPIAS DECISIONES, TENIENDO EN CUENTA LOS POTENCIALES DAÑOS Y POSIBILIDADES QUE TIENE EN SU VIDA.

Una persona que está encarcelada y que cree que su reclamo está siendo minimizado o descartado puede pedirle a un contacto de confianza que se comunique con un defensor de PREA en el centro de crisis por violación más cercano a la prisión para obtener ayuda. Si una persona encarcelada es violada y la violación resulta en un embarazo, la persona encarcelada todavía tiene el derecho legal a un aborto. Si se le niega el acceso a un aborto, debe ponerse en contacto con un abogado privado inmediatamente, aunque no tenga dinero. En algunos casos, si un juez ordena a la agencia que tiene la custodia de una persona encarcelada que le proporcione un aborto, el juez también puede ordenar a la agencia que pague los honorarios legales de la persona encarcelada. Si la persona embarazada ha sufrido más daños por la inacción de la agencia, puede tener derecho a una indemnización.

PERSONAS QUE EXPERIMENTAN VIOLENCIA

Ya sea que una persona haya quedado embarazada como consecuencia de una violación, por violencia doméstica, o esté enfrentando distintos tipos de violencia (incluyendo control emocional u otras situaciones de inseguridad), el aborto debe estar a su disposición.

El impacto de una pareja controladora y violenta, los traumas y la navegación por múltiples sistemas es real.

Contacta con tu programa local de violencia doméstica/violencia de pareja íntima, o al programa de servicios de agresión sexual para obtener servicios de apoyo emocional gratuitos y confidenciales, como abogacía y consejería. 

A menudo, a las personas que sufren violencia se les impide tomar sus propias decisiones sobre su cuerpo y su vida, y a menudo tienen dificultades para acceder al aborto.

Si solicitas atención médica de un proveedor, puedes tener una conversación con ellos para que conozcan tus preocupaciones sobre seguridad y tomen precauciones adicionales al comunicarse contigo. Por ejemplo, puedes pedirles que no te llamen ni te envíen mensajes de texto, ni dejen mensajes en tu teléfono, sino que esperen a que seas tú quien se ponga en contacto con ellos.

Si alguien te está presionando para que abortes y puedes encontrar la manera de decirle a tu proveedor o al personal de la clínica que no deseas abortar, ellos están capacitados para escucharte y no avanzar con el proceso.

ALGUNOS AGRESORES PUEDEN TRATAR DE IMPEDIR QUE LAS PERSONAS A LAS QUE DAÑAN ACCEDAN AL ABORTO, MIENTRAS QUE OTROS AGRESORES PUEDEN TRATAR DE OBLIGAR A UNA PERSONA EMBARAZADA A OBTENER UN ABORTO QUE NO DESEAN.

LAS PERSONAS EMBARAZADAS QUE TIENEN RELACIONES VIOLENTAS O SUFREN DE AGRESIÓN SEXUAL TAMBIÉN SE ENFRENTAN A LA COERCIÓN Y AL CONTROL. SIGUES TENIENDO DERECHO LEGAL A ACCEDER AL ABORTO; SÓLO TÚ PUEDES DECIDIR SI UN ABORTO ES ADECUADO PARA TI.

Si utilizas el internet para encontrar un proveedor o recursos como éste, asegúrate de cerrar la página y borrar el historial de navegación. Para más información sobre seguridad digital, visita los consejos de The Digital Defense Fund.

Embarazo como resultado de una agresión sexual

Las personas que quedan embarazadas como consecuencia de una violación toman una serie de decisiones sobre su embarazo. Todas estas decisiones son válidas.

Algunas personas que sufren violencia sexual buscan atención y apoyo en un programa de servicios para sobrevivientes de agresión sexual/centro de crisis por violación (Rape Crisis Center). Algunas se someten a un examen de enfermería especializada en violaciones (Sexual Assault Nurse Exam o SANE, por sus siglas en inglés), mientras que otras deciden informar a las autoridades. Otras pueden decidir no informar a nadie por motivos de seguridad u otras razones.

Para las personas que deciden buscar atención, acudir a un programa de servicios para sobrevivientes de agresión sexual puede ser una de sus mejores opciones. Sus proveedores y personal están específicamente entrenados para atender a personas que han sufrido violencia sexual. Los programas de servicios para sobrevivientes de agresión sexual/centros de crisis para sobrevivientes de violación están diseñados para proteger tu privacidad, confidencialidad y seguridad lo mejor que pueden. El personal de enfermería que examina las agresiones sexuales está entrenado específicamente para asistir a las personas tras una agresión sexual o física. Su principal prioridad es proporcionar cuidado de salud después de una agresión para garantizar tu seguridad, así como recoger pruebas forenses en caso de que decidas hacer una denuncia. Dependiendo del momento de la agresión y de cuándo busques atención, pueden proporcionarte anticonceptivos de emergencia (la píldora del día después o el DIU de cobre) así como pruebas de infecciones de transmisión sexual y medicamentos preventivos. También pueden darte referencias para pruebas de embarazo, abortos y una serie de opciones de atención al embarazo.

 Importante: Si alguien decide no acceder o no puede acceder a un programa de servicios para sobrevivientes de agresión sexual/centro de crisis por violación, un hospital puede ser una opción para obtener un examen de enfermería especializada en violaciones. Sin embargo, pueden cobrar por el examen y los servicios médicos prestados, incluso si tienes seguro.

Si necesitas ayuda para pagar los gastos relacionados con la violencia a la que has sobrevivido, puedes ponerte en contacto con Crime Victims Reparation Commission (CVRC) para obtener apoyo.

Aunque hayan transcurrido varios días desde la agresión y ya no sea posible recolectar pruebas de ADN, puedes someterte a un examen de enfermería especializada en violaciones realizado por un profesional calificado. El personal calificado está entrenado para ayudar a las personas que sobreviven agresión y violación.

Independientemente del momento en el que busques ayuda, un programa de servicios contra las agresiones sexuales o un centro de crisis por violación te ofrecerá acceso a un defensor especializado en agresión sexual que podrá responder a tus preguntas y proporcionarte información adicional. Existen varios programas para atender tus necesidades.

Si alguien ya ha decidido hacer una denuncia a las autoridades o quiere mantener esa opción disponible, un examen de enfermería especializada en violaciones puede ser importante para recopilar posibles pruebas.

Si una persona decide denunciar una violación u otro tipo de violencia sexual a las autoridades, puede ser llevada a hacerse un examen de enfermería especializada en violaciones, si la persona lo desea.

Para más información sobre cómo acceder a atención tras sufrir una violación, puedes ponerte en contacto con New Mexico Coalition of Sexual Assault Programs (Coalición de Programas de Agresión Sexual de Nuevo México).

Embarazo y violencia doméstica/violencia de pareja

Si tú o alguien que conoces está sufriendo violencia por parte de su pareja, puedes considerar la posibilidad de acudir a un programa de violencia de pareja o de violencia doméstica para obtener apoyo y recursos. Mereces tener acceso a la atención y los servicios que deseas y necesitas sin amenazas de violencia.

Para más información puedes contactar a New Mexico Coalition Against Domestic Violence (Coalición de Nuevo México contra la Violencia Doméstica).

Personas jóvenes

Importante: Los adultos de Nuevo México, incluyendo proveedores y personal de salud, están obligados legalmente a reportar situaciones relacionadas con menores que tengan relaciones sexuales* con personas mayores de 18 años o que sufran violencia sexual antes de alcanzar la edad legal de consentimiento. En Nuevo México, la edad legal de consentimiento es 17 años.

En Nuevo México, las personas mayores de 13 años están legalmente protegidas y pueden buscar atención de salud reproductiva (incluyendo el aborto y los anticonceptivos) y atención de salud mental/de conducta de manera confidencial y sin notificación o consentimiento de sus padres.

En caso que la persona menor de edad sea sobreviviente de violencia doméstica o sexual y que esté en necesidad de servicios y/o recursos, es probable que se notifique a sus padres.

Para más información sobre el acceso de los jóvenes a los servicios de aborto, visita la sección de esta guía sobre personas jóvenes.

*RECONOCEMOS QUE LAS PERSONAS PUEDEN QUEDAR EMBARAZADAS POR TENER RELACIONES SEXUALES CONSENSUALES Y TAMBIÉN COMO CONSECUENCIA DE UNA VIOLACIÓN. EN ESTA GUÍA, NOS REFERIMOS AL ACTO SEXUAL QUE RESULTÓ EN UN EMBARAZO COMO SEXO.

MILITARES ACTIVOS, PERSONAS QUE ACCEDEN A ATENCIÓN MÉDICA A TRAVÉS DE ASUNTOS VETERANOS (V.A.), Y/O PERSONAS QUE TIENEN UN SEGURO EMITIDO POR EL EJÉRCITO

Para aquellas personas que usualmente reciben atención médica en un centro médico militar o en una clínica u hospital de Asuntos Veteranos (VA), puede ser que aquí estén tus proveedores de atención primaria y especializada, donde podrías pedir una consulta inicial de embarazo. Aunque el centro de Asuntos Veteranos puede realizar pruebas de embarazo, debido a la Enmienda Hyde, no están autorizados para practicar abortos. Las únicas excepciones son si el embarazo es el resultado de una violación, incesto o si el embarazo pone en peligro tu vida (ve esta página sobre la Enmienda Hyde para más información). Desafortunadamente, muchos centros médicos militares y de veteranos no están preparados para practicar abortos ni siquiera bajo estas circunstancias.

Esto significa que los militares o las personas que buscan acceder cuidado de salud a través de Asuntos Veteranos (VA) generalmente tendrán que ir fuera de los sistemas de salud militar para obtener cuidados de aborto. Lo más probable es que el costo del aborto será la responsabilidad de la paciente.

LOS CONGRESISTAS ANTIABORTO HAN INCLUIDO LA ENMIENDA HYDE EN TODOS LOS PRESUPUESTOS FEDERALES DESDE 1976. LA ENMIENDA HYDE PROHÍBE QUE LOS DÓLARES FEDERALES SE UTILICEN PARA EL ABORTO A MENOS QUE EL EMBARAZO SEA RESULTADO DE VIOLACIÓN, INCESTO O PONGA EN PELIGRO LA VIDA DE LA PERSONA EMBARAZADA. ESTAS PROHIBICIONES FEDERALES DE COBERTURA SIGUEN AFECTANDO EL ACCESO AL ABORTO A TRAVÉS DE CENTROS MÉDICOS MILITARES Y DEL PROGRAMA DE ASUNTOS VETERANOS (VA).

Además, el seguro militar (TRICARE) para los miembros del servicio y sus familias (dependientes) no incluye el aborto ni los servicios relacionados con el aborto debido a la Enmienda Hyde.

Las únicas excepciones son si el embarazo es el resultado de violación, incesto o si la vida de la persona embarazada corre peligro.

Para tener derecho a un aborto bajo una de las excepciones enumeradas a través de los centros médicos militares, Asuntos Veteranos (VA) o el seguro militar para un embarazo que es resultado de violación, debes estar preparada para presentar cargos. Junto con la denuncia, tu proveedor médico tendrá que documentar la violación o el incesto en un plazo de 60 días desde el incidente. El proceso de denunciar la violencia contra ti puede ser emocional, difícil e incluso peligroso. El proceso para conseguir una excepción a través de este sistema probablemente añadirá tiempo a que consigas un aborto. Puede ser útil buscar servicios de asesoramiento culturalmente apropiados, el apoyo de tu círculo cercano de seres queridos y, si es necesario, encontrar un lugar seguro donde estar. Si esto es algo que no puedes denunciar o decides no compartir, no podrás acceder a servicios de aborto a través de los centros médicos militares, Asuntos Veteranos (VA) o el seguro militar.

Aunque se supone que el motivo de tu excepción debe permanecer en privado, la documentación relacionada con tu aborto permanecerá en tu expediente médico.

Sabemos que muchas personas en el sistema militar sufren violencia sexual dentro del sistema, incluso a manos de sus compañeros de servicio. Si alguien en el sistema militar sufre violencia sexual o violación y queda embarazada, existe la posibilidad de que no se le informe del derecho al aborto. Por diversas razones, el liderazgo militar médico o no médico, y empleados militares pueden no darle esta información. Aunque puede haber obstáculos importantes para acceder a estos servicios, las personas en el sistema militar tienen derecho legal al aborto.

PERSONAS CON DISCAPACIDADES

Muchas personas con discapacidades se enfrentan a barreras importantes al acceder a la atención de salud necesaria, incluyendo el aborto. Las ideas erróneas que prevalecen sobre las necesidades sexuales de las personas con discapacidades y los estigmas que rodean a la salud reproductiva se suman a estas barreras. Las personas con discapacidades tienen derecho legal a acceder al aborto y a los servicios relacionados con el aborto.

La Ley para Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés) de 1990 exige que todos los centros de salud ofrezcan servicios que “cumplan los requisitos esenciales de elegibilidad, con o sin adaptaciones”. Esto significa que los centros de aborto deben atender y proporcionar cuidados a las personas con discapacidades, pero puede que no tengan el equipo necesario, materiales o ayudas de comunicación adecuadas para hacerlo correctamente. Además, puede que los proveedores no tengan la capacitación y/o habilidades necesarias para asesorar o atender adecuadamente a las personas con ciertas discapacidades. Si eres una persona con discapacidad mereces tener acceso a una atención de aborto oportuna, compasiva y de alta calidad que satisfaga tus necesidades. Para más información, visita: Salud y derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y las niñas con discapacidad.

Personas bajo tutela

El papel de los tutores en la toma de decisiones médicas varía mucho. Si un proveedor de atención médica considera que una persona puede tomar sus propias decisiones médicas, probablemente no le preguntará si tiene un tutor.

También puede variar mucho la relación entre las personas bajo tutela y sus tutores. Algunos tutores pueden no intervenir y otros puede que estén muy involucrados.

Si tienes una orden de tutela que incluye la toma de decisiones médicas, puede que la salud reproductiva y el aborto no se mencionen explícitamente, pero lo más probable es que estén incluidos. Históricamente, esto se ha utilizado para impedir que las personas con discapacidades queden embarazadas o lleven un embarazo a término.

Si deseas más información sobre el aborto y la justicia para las personas con discapacidades, consulta esta excelente información en el sitio We Testify (Nosotras testificamos), un proyecto narrativo del aborto.

Para más información sobre la atención a las personas con discapacidades durante el aborto, consulta este recurso de la siguiente página de National Partnership for Women and Families and the Autistic Self Advocacy Network (Asociación Nacional para Mujeres y Familias y la Red de Autodefensa Autista).

Si te preocupa la atención o el tratamiento que recibes en los sistemas de salud de Nuevo México, puedes ponerte en contacto con Disability Rights New Mexico (Derechos para las personas con discapacidades Nuevo México).

PERSONAS CUYO IDIOMA PRIMARIO NO ES EL INGLÉS

Acceso en diferentes idiomas

El acceso en diferentes idiomas es un reto en muchas instituciones de salud. Sin embargo, la Ley del Cuidado de Salud Asequible y el Título VI de la Ley de Derechos Civiles exigen interpretación para pacientes que hablan idiomas distintos del inglés y tienen un dominio limitado de este idioma.

El Título VI exige que toda institución que reciba fondos federales proporcione los servicios de interpretación que se soliciten, sin costo adicional para el paciente. Esto incluye a proveedores privados que aceptan Medicaid o Medicare como forma de pago. Las personas que hablan idiomas distintos del inglés y las que tienen un dominio limitado de este idioma tienen derecho a recibir interpretación médica gratuita cuando reciben atención en una institución que recibe financiación federal. Si te sientes más cómoda trayendo a tu propio intérprete, como un amigo o un ser querido, tienes derecho a hacerlo.

La ley de Nuevo México prohíbe la discriminación en lugares de servicio al público, como los proveedores médicos privados. Negar servicios médicos a una persona que no habla inglés infringiría la ley estatal.

PERSONAS INMIGRANTES, REFUGIADAS Y/O INDOCUMENTADAS

Las personas en Nuevo México tienen derecho a acceder al aborto y a otros tipos de servicios de salud reproductiva independientemente de su estatus migratorio. Sin embargo, las personas inmigrantes, refugiadas y/o indocumentadas pueden enfrentarse a estigmas adicionales, miedo a la criminalización y barreras del idioma, que pueden afectar la forma en que pueden acceder al aborto.

Aunque existan estas barreras, muchos proveedores en Nuevo México atienden a las comunidades inmigrantes en todas sus necesidades de cuidado de salud. 

Pink Square with cacti that reads, "When accessing healthcare, you are not obligated to share any information about your current or previous immigration status."

Aunque los profesionales de salud no deberían hacerte preguntas sobre tu situación migratoria, algunos sí podrían hacerlo. En los centros de salud, tienes derecho a decidir con quién compartir esta información personal, si es que quieres hacerlo.

La identificación con una foto es un requisito común en la mayoría de las instituciones médicas. Algunas clínicas de aborto pueden requerir una identificación con foto para recibir atención, mientras que otras no lo requieren. Por ejemplo, en las clínicas de Planned Parenthood de Nuevo México, las personas pueden acceder a la atención sin una identificación con foto, tengan o no tengan estatus migratorio. En algunos casos, las clínicas de atención de salud exigen que las personas sin identificación con foto paguen en efectivo en el momento de la cita.

La información médica, como por ejemplo si has abortado, está protegida por la Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro de Salud (HIPAA, por sus siglas en inglés) de 1996. Esto significa que tu información de salud y los detalles sobre tu atención médica no deben compartirse con nadie ni con ninguna organización sin tu autorización.

En Nuevo México se originó el Mariposa Fund—un fondo único para el aborto que ofrece ayuda económica a las personas indocumentadas que desean abortar.

Independientemente de tu situación de inmigración o documentación, mereces tener acceso al aborto si lo necesitas y cuando lo necesites.

NUEVO MÉXICO COMPARTE LA FRONTERA DEL SUR CON MÉXICO. ESTO SIGNIFICA QUE EL GOBIERNO FEDERAL PUEDE ESTABLECER, Y DE HECHO ESTABLECE, PUESTOS DE CONTROL DE INMIGRACIÓN EN UN RADIO DE 160 KM DE LA FRONTERA INTERNACIONAL. HAY VARIOS PUESTOS DE CONTROL FRONTERIZO SITUADOS A LO LARGO DE DIFERENTES RUTAS DE VIAJE EN LAS TIERRAS FRONTERIZAS DEL SUR DE NUEVO MÉXICO.

PERSONAS TRANS**, DE GÉNERO NO CONFORME Y DE GÉNERO EXPANDIDO

Las personas trans** se enfrentan a menudo a obstáculos al acceder a la atención de salud reproductiva de calidad y no discriminatoria que merecen. La atención de salud reproductiva es un ámbito de la medicina en el que las creencias binarias sobre sexo y género siguen estando muy extendidas entre los profesionales de salud. Como consecuencia, a veces, muchas personas trans** evitan estos entornos hasta que la atención sea absolutamente necesaria.

Las personas trans** pueden sufrir los mismos o diferentes tipos de estigma y discriminación en la atención de salud reproductiva que en otros entornos de servicios de salud. Aunque el cuidado de salud puede variar mucho dependiendo del lugar, algunas clínicas de salud reproductiva y aborto ofrecen servicios de salud reproductiva y servicios generales inclusivos para las personas trans**. Algunos centros han implementado formularios de admisión que incluyen secciones para opciones de género, nombres y pronombres, y cuentan con personal entrenado para proporcionar una atención acogedora y afirmativa, mientras que otros siguen centrándose en las mujeres cisgénero como su única población de servicio. Preguntar a determinados proveedores/clínicas sobre su experiencia atendiendo a personas trans** puede ser útil en tu proceso de buscar cuidado de salud.

Las personas trans** pueden beneficiarse de añadir personas de apoyo a su equipo de atención de salud, como doulas de aborto o seres queridos que puedan estar disponibles para acompañarles mientras obtienen cuidado del aborto. Puede ser útil comunicar de antemano el tipo de lenguaje y tratamiento que la persona trans** embarazada espera o necesita para que, una vez se inicie el cuidado de salud, se dedique menos tiempo y energía a intentar crear seguridad en un entorno de atención de salud que puede no ser el ideal.

Les pacientes trans** deben contar con que se les harán preguntas detalladas sobre su historial médico, incluidas preguntas sobre el historial del ciclo menstrual, uso de terapia hormonal sustitutiva (THS), historial médico y más. Esta información se utiliza para ayudar a determinar la seguridad y el calendario de los procedimientos de aborto. Siempre es aceptable negarte a dar información sobre tu historial médico si no te sientes a gusto compartiéndolo.

TransLash Media, una organización sin ánimo de lucro y comunidad digital formada por personas comprometidas con el apoyo a las personas trans/no binarias/intersexuales/de dos espíritus a través de historias trans** para salvar vidas trans**, creó el recurso Trans Bodies, Trans Choices: My Abortion Saved My Life. (Cuerpos trans, decisiones trans: mi aborto me salvó la vida).

Recursos adicionales para obtener más información sobre la atención de salud con perspectiva de género: LGBTQ People Need and Deserve Tailored Sexual and Reproductive Health Care (Las personas LGBTQ necesitan y merecen atención de salud sexual y reproductiva personalizada).

En Nuevo México, muchas personas trans** encuentran apoyo y crean comunidad en Transgender Resource Center of New Mexico. (Centro de Recursos Transgénero de Nuevo México). También disponen de un directorio de proveedores al que puedes acceder aquí.

**EN ESTA SECCIÓN UTILIZAREMOS EL TÉRMINO TRANS** PARA REFERIRNOS A UNA SERIE DE EXPERIENCIAS QUE PUEDEN INCLUIR A PERSONAS QUE SE IDENTIFICAN COMO TRANSGÉNERO, DE GÉNERO NO CONFORME, DE GÉNERO NO BINARIO, DE DOS ESPÍRITUS Y/O QUE UTILIZAN OTRAS PALABRAS PARA DESCRIBIRSE A SÍ MISMAS DENTRO DE UNA EXPERIENCIA DE GÉNERO EXPANSIVA. ESTA SECCIÓN TAMBIÉN PUEDE SER PERTINENTE PARA PERSONAS INTERSEXUALES QUE PUEDEN O NO IDENTIFICARSE COMO DE GÉNERO NO CONFORME.

PERSONAS QUE CONSUMEN SUSTANCIAS O TIENEN ANTECEDENTES DE ADICCIÓN

Es muy común que las personas que luchan contra el consumo de sustancias y las adicciones se enfrenten a altos niveles de escrutinio y estigmatización. Las personas que viven ciclos de consumo de sustancias necesitan y merecen apoyo en el embarazo, la crianza y el acceso al aborto.

Como parte de la atención estándar, las clínicas de aborto y los proveedores de cuidado de salud preguntan y documentan el historial médico detallado de una persona embarazada para determinar la cronología del embarazo y las opciones de aborto. Es probable que el historial médico incluya preguntas sobre embarazos anteriores, consumo de sustancias y alcohol, antecedentes quirúrgicos, así como una lista de medicamentos y alergias. También pueden requerirse o sugerirse pruebas de laboratorio. Además, el proveedor puede solicitar una prueba de drogas. Si una persona embarazada se niega a someterse a las pruebas de laboratorio, esto puede afectar sus posibilidades de recibir cuidados de aborto.

Según el tipo de aborto, pueden utilizarse analgésicos y suero intravenoso. Si a la persona embarazada le preocupa el uso de determinados medicamentos durante el procedimiento de aborto o que se prescriban después de un aborto, es una buena idea hablar con el proveedor sobre sus preocupaciones y las opciones de tratamiento alternativas.

Las personas embarazadas tienen derecho a no revelar información personal como antecedentes penales e interacciones con el Departamento de Infancia, Juventud y Familia (CYFD, por sus siglas en inglés) o con agentes de la ley.

El aborto es una decisión de atención médica y no es motivo para informar a CYFD o cualquier otra agencia. Sin embargo, como todos los adultos en Nuevo México, si los proveedores de atención médica o el personal dicen que tienen una “sospecha razonable” sobre la persona embarazada y la seguridad de los niños a su cuidado, deben informar de cualquier preocupación de seguridad a CYFD. Un informe puede dar lugar a una investigación por parte de CYFD o de agencias de la ley.

PERSONAS JÓVENES

En Nuevo México, las personas mayores de 13 años están legalmente protegidas para buscar atención de salud reproductiva (incluyendo el aborto y los anticonceptivos) y atención de salud mental/conductual de manera confidencial y sin notificación o consentimiento de sus padres.

En Nuevo México, si eres menor de edad y mayor de 13 años, tienes derecho a abortar sin la aprobación de tus padres o tutores. Nuestro estado no tiene requisitos para que los padres o tutores sean notificados o estén presentes en tu aborto. Es tu derecho buscar y recibir estos servicios, incluyendo el aborto, cuando sea que los necesites.

Los adultos en Nuevo México, incluyendo a proveedores y personal de cuidado de salud, están obligados a seguir las leyes de notificación obligatoria relacionadas con menores que tienen relaciones sexuales* con personas mayores de 18 años, o que experimentan violencia sexual antes de alcanzar la edad legal de consentimiento. En Nuevo México, 17 años es la edad legal de consentimiento.

*Reconocemos que las personas pueden quedar embarazadas por tener relaciones sexuales consensuales y también como consecuencia de una violación. En esta guía, nos referimos al acto sexual que resultó en un embarazo como sexo.

Personas jóvenes en los sistemas estatales

Si una persona embarazada mayor de 13 años se encuentra bajo custodia del estado (por ejemplo, del Departamento de Infancia, Juventud y Familia [CYFD] o el sistema penal juvenil) aún tiene derecho legal de tomar una serie de decisiones relacionadas con su embarazo, incluso decidir sobre abortar o llevar el embarazo a término. El acceso a la atención de salud a lo largo de una gama de decisiones puede seguir siendo muy difícil o imposible.

Si a una persona joven bajo custodia del estado se le niega la posibilidad de consultar con un proveedor sobre sus opciones de embarazo o el acceso a un aborto, podría ser útil que la persona o sus contactos de confianza busquen representación legal.

Si está encarcelada, la persona joven puede necesitar un permiso médico. Un representante legal o abogado puede facilitar este proceso. Si el abogado sigue teniendo dificultades para conseguir la atención que necesitas, puedes contar con el apoyo de organizaciones como ACLU of New Mexico para ayudar a explorar otras vías legales. Muchas de las cuestiones tratadas en la sección Personas que están encarceladas pueden aplicar también a las personas jóvenes.

Cualquier persona joven bajo custodia del estado (y sus contactos de confianza) también pueden considerar la posibilidad de conectarse con grupos de abogacía o con sus legisladores locales que podrían llamar la atención sobre su necesidad urgente de abortar. Es importante tener en cuenta que estos esfuerzos probablemente comprometerán la privacidad de la persona embarazada.